Antes de comprar…

Debes tener en cuenta las siguientes cuestiones:
  1. Toma de decisiones. Cuestiones previas.
    Lo más importante de todo es elegir la vivienda que realmente te guste. Valora aspectos importantes como altura, orientación, distribución interior, metros útiles, terrazas privadas, zonas comunes, jardines, así como dimensiones de garaje y trastero. Fíjate bien en los materiales y los acabados propuestos.
    Una vez elegida la vivienda pide un plano a escala del inmueble, de la plaza de garaje y del trastero, así como la Memoria de Calidades.
    Y ante cualquier tipo de duda consulta con la promotora para aclararla antes de tomar una decisión. Pregunta, estás en tu derecho.

     

  2. Firma de contrato
    El contrato que nosotros te proponemos reproduce las prescripciones fijadas por la Federación de Empresarios de la Construcción de Zaragoza y está adaptado a la normativa de consumo tanto a nivel nacional como autonómico.
    Léetelo, pregunta lo que no entiendas, fírmalo solamente cuando estés realmente convencido.
    Presta atención a las condiciones de la forma de pago y a las del préstamo hipotecario, en el caso de que exista.

     

  3. Formas de pago
    Por lo general, suelen ser:
    • Una aportación en concepto de reserva, siempre previa a la firma del contrato.
    • Otra entrega en el momento de la firma del contrato. Ésta suele ser de mayor importe, recuerda que en este momento te estás comprometiendo realmente con la promotora.
    • Una serie de pagos, ya sean mensuales o trimestrales, (se especificarán en el contrato) mientras dure la construcción de la vivienda. Intenta pactar con la promotora aquella fórmula que te resulte más cómoda.

    Estas aportaciones suelen equivaler aproximadamente el 20% del precio de la vivienda, con la parte correspondiente de Iva. El 80% restante del precio total suele corresponder con el préstamo hipotecario, en el caso de que exista.

     

  4. Préstamo hipotecario
    Es la forma más utilizada para la obtener la financiación de tu vivienda.
    La promotora te ofrece la posibilidad de subrogarte en el préstamo hipotecario oncedido previamente para financiar la construcción. Pero no es obligatorio hacerlo ya que puedes formalizar el préstamo en la entidad financiera que tú prefieras. En realidad, subrogarse en el préstamo creado tiene la ventaja de que, al estar ya constituido, los gastos relativos a éste, tasación, notario, registro e impuestos, ya han sido pagados por el promotor. Puedes aprovecharte de ello sin incurrir en más costes.
    Si quieres ampliar la financiación tendrás que hablar con la entidad financiera. Es posible que te pidan garantías adicionales, pero eso es algo que depende sólo de ti, de tus necesidades y de tus circunstancias personales.
    Por último, a la hora de estudiar la financiación fíjate bien en el diferencial sobre el Euribor y en las exigencias de las entidades financieras pero también en la comisiones de subrogación, de apertura en el caso de que existiesen, de amortización anticipada y de cancelación. Todo importa.

     

  5. Gastos relativos a la escritura de compra venta
    Debes tener en cuenta que siempre hay que añadir al precio de venta el IVA al tipo vigente en cada momento y que debe estar pagado en su totalidad en el momento de la firma de la escritura.
    Si deseas constituir un nuevo préstamo hipotecario con otra entidad que no sea la que financia la promoción deberás encargar una nueva tasación a un experto y los gastos serán de tu cuenta. Si te subrogas en la hipoteca creada no incurres en nuevos costes ya que no hay que hacer nueva tasación.
    Además, no debes olvidar los gastos de Notaría, Registro de la Propiedad y tampoco olvides el pago de impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que es el 1% del precio de la vivienda.
    Ten en cuenta que si no te subrogas los gastos mencionados anteriormente son muy superiores.
    Recuerda que en ocasiones, las entidades financieras suelen recurrir a gestorías de su confianza para asegurarse de que la escritura es inscrita en el Registro de la Propiedad debidamente. Es algo totalmente habitual y razonable. Para ello tendrás que realizar una provisión de fondos previa en el momento de la escritura para hacer frente a todos estos gastos.